El martes 19 de mayo del presente año tuve la oportunidad de participar en la I jornada de Crimen y Castigo en la Antiguedad Clásica realizada en la Universidad Complutense de Madrid. Como no podía ser de otra manera compartí lo poco que sé de San Agustín uno de mis autores favoritos de la Antigüedad Tardía. La emoción fue en crescendo cuando me enteré que Domingo Plácido Suarez (el pequeño hombre de la foto) doctor en Filosofía y letras (Filología clásica) y actual catedrático emérito en Historia Antigua de la Universidad Complutense participaría en la mesa de debate en mi turno. Por esta causa he querido compartir una parte de mi ponencia titulada "San Agustín y la pena de muerte" en el blog.
Como los apuntes de la ponencia no estaban hechos para ser publicados, he tenido que corregir algunas cosas, quitar otras (los apuntes originales tenían como nueve hojas). También para no hacer demasiado largo este post he recortado la primera parte de la ponencia en la que hablaba de la pena de muerte en algunas fuentes cristianas antes de San Agustín. Así que os dejo estos apuntes recortados en las que hablo solo de San Agustín.
"El santo de Hipona toca el tema de la pena de muerte en muchos de sus
innumerables escritos los cuales ocupan una extensión cronológica de cuarenta y seis años, cuestión que hizo inevitable que muchas de sus ideas y pensamientos evolucionaran y cambiaran a través del tiempo como el mismo confesaría en sus Retracciones, obra que escribió casi al final de su vida. (L. II, c. V, M. L, 32, col. 652). Todo esto
obliga a los historiadores, expositores y exegetas del pensamiento agustiniano
a tomar medidas cautelosas para no cometer errores de interpretación a la hora de exponer el pensamiento del obispo africano.
En cuanto a la cuestión de la pena máxima en la obra del Santo hay que
tener clara dos sencillas distinciones: por un
lado, los textos
agustinianos referidos a la pena de muerte ejercida por el Estado en cuestiones de índole secular; y por
otro, los textos referidos a la pena
capital condicionadas por las vicisitudes históricas que vivió San Agustín durante su obispado en África. Pasamos a
explicar que queremos decir con cada una de ellas a continuación.
En primer lugar, por lo que se desprende de muchos textos agustinianos, parece que San Agustín no estuvo en contra de la legitimidad de la pena de
muerte cuando esta fue ejercida por el poder público. Así al menos parecer concluirse implícitamente de un texto de su obra de Libero Albirtio, escrita entre el 388 y el 395, donde dice que
“si el homicidio es matar un hombre, puede ser cometido en cualquier caso sin
pecado; por ejemplo, [cuando] el soldado mata al enemigo, el juez o su ejecutor
al delicuente” (I,4 (PL XXXII, 1226)). En el pasaje claramente puede observarse que el Santo de Hipona no considera en lo absoluto un pecado el ejercicio del deber público, aunque esta conlleve arrebatar la vida a otra persona ( a diferencia de Hipólito de Roma)1. San Agustín, pues, nunca se formula en términos abstractos u opositores a la cuestión jurídica de la pena
de muerte para los criminales comunes (delincuentes que no tenían nada que ver con asuntos de índole religiosa). Su legitimidad, como señala Emilio
Silva, si la sentencia o ejecución está
de acuerdo con la ordenación jurídica del Estado, la da por supuesta y la
aprueba en cuantos caso se le ofrece tratar de ello ( EMILIO SILVA, 1976, p. 218).
En segundo lugar, muy diferente era, sin duda, la actitud del doctor de la Iglesia en cuanto
a la aplicación de la pena de muerte en relación con los herejes de su tiempo.
Aquí, siguiendo las pautas nuevamente de Emilio Silva, hay que distinguir un
proceso de evolución en su pensamiento
en cuanto al tema. Podemos distinguir casi claramente dos etapas: una primera marcada por la tolerancia
y la paciencia; y una segunda, matizada por la firmeza y la dureza precedida por
un periodo de duda.
Apenas ordenado Sacerdote en el año 391, Agustín se dio cuenta de la grave
situación por la que atravesaba la Iglesia Africana, que se encontraba escindida por la herejía.
El donatismo (herejía que tomaba el nombre de Donato obispo de Cartago, que afirmaba que todos los ministros sospechosos
de traición a la fe durante las persecuciones del emperador romano Dioclesiano eran indignos de impartir los sacramentos) sembraba el
terror entre los cristianos católicos con toda clase de estragos y tropelías.
San Agustín amante buscador de la verdad, como relata en sus
Confesiones (CON. III. c.6) y también
antiguo perteneciente a la secta de los maniqueos, buscaba en un principio la
conversión de los donatistas al cristianismo católico por medio del dialogo para, como el
mismo comenta, “no convertir en católicos fingidos a los que conocíamos como
herejes declarados”(Carta 93, cap5. n, 17), absteniéndose de esta manera a
todo tipo de violencia o a la pena de muerte, que las autoridades
gustosamente se hubiesen prestado para utilizar
contra los autores de los desmanes producidos contra los católicos.
Pero la benignidad con los herejes no dio los resultados esperados,
antes, en cierto modo empeoró la situación, pues muchos de los herejes donatistas, envalentonados con la
impunidad de sus crimines, se entregaron a mayores actos de violencia. Asi, San Agustín que se había desvelado por la conversión de los donatistas,
pero que había observado también la mala fe de aquellos y vivido sus graves
actos de violencia, llegó finalmente a convencerse de la necesidad de recurrir
al brazo secular para la represión de los herejes y declarar, por tanto, su
cambió de opinión ante la evidencia de
los fracasados resultados que había tenido su postura anterior.
Finalmente, San Agustín aprobó y justificó las leyes y edictos
imperiales de reprensión de la herejía, en varios de los cuales se incluía la
pena capital, si bien hay que dejar claro que con frecuencia suplicaba que esta
última no fuese aplicada, pues tratándose de herejes juzgaba que debía dárseles
la oportunidad de convertirse.
En conclusión, tenemos que señalar que quedando clara la división de los
textos de San Agustín en la relación a la pena de muerte podemos decir que el
Santo de Hipona nunca se opuso ante la eticidad de la pena máxima ejercida por
el Estado siempre y cuando esta era aplicada por el poder público con motivos
de salvaguardar el orden público y el social en el ámbito secular, siempre y cuando
no haya estado motivado por la venganza. Bien diferente era, sin dudad, su actitud en relación con los herejes,
que al error doctrinal sumaban algún delito. Su preocupación por su salvación y
su vuelta al seno de la Iglesia provocó su constante oposición en un principio a que les
fuese aplicado la pena capital, no tanto también porque no lo merecían, sino
también, para mostrar la paciencia de la Iglesia. Pero los resultados negativos
de esa política llevó también a su cambio de postura, aceptando finalmente la intervención
del brazo duro del Estado contra los herejes, que no quitó que no siguiera interviniendo rogando por los los herejes."
1.Hipolito de Roma en un pasaje dedicado a los
oficios que están permitidos o no para los catecúmenos o bautizados en su Tradicción Apostóilica dice que matar está prohibido para los mismos. (Trad. Apost., 16 (SC 11bis, 73)).
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