viernes, 29 de mayo de 2015

San Agustín y la pena de muerte





El martes 19 de mayo del presente año tuve la oportunidad de participar en la I jornada de Crimen y Castigo en la Antiguedad Clásica realizada en la Universidad Complutense de Madrid. Como no podía ser de otra manera compartí lo poco que sé de San Agustín  uno de mis autores favoritos de la Antigüedad Tardía. La emoción fue en crescendo  cuando me enteré que Domingo Plácido Suarez (el pequeño hombre de la foto) doctor en Filosofía y letras (Filología clásica) y actual  catedrático emérito en Historia Antigua de la Universidad Complutense participaría en la mesa de debate en mi turno. Por esta causa he querido compartir una parte de mi ponencia titulada "San Agustín y la pena de muerte" en el blog. 

Como los apuntes de la ponencia no estaban hechos para ser publicados, he tenido que corregir algunas cosas, quitar otras (los apuntes originales tenían como nueve hojas). También para no hacer demasiado largo este post  he recortado la primera parte de la ponencia en la que hablaba de la pena de muerte en algunas fuentes cristianas antes de San Agustín. Así que os dejo estos apuntes recortados en las que hablo solo de San Agustín.

"El santo de Hipona toca el tema de la pena de muerte en muchos de sus innumerables escritos los cuales ocupan una extensión cronológica de cuarenta y seis años, cuestión que hizo inevitable  que muchas de sus ideas y pensamientos evolucionaran y cambiaran  a través del tiempo como el mismo confesaría en sus  Retracciones, obra que escribió casi al final de su vida. (L. II, c. V, M. L, 32, col. 652). Todo esto obliga a los historiadores, expositores y exegetas del pensamiento agustiniano a tomar medidas cautelosas para no cometer errores de interpretación a la hora de exponer el pensamiento del obispo africano.

En cuanto a la cuestión de la pena máxima en la obra del Santo hay que tener clara dos sencillas distinciones: por un  lado,  los textos agustinianos  referidos a  la pena de muerte ejercida por el Estado en cuestiones de índole secular; y por otro, los textos  referidos a la pena capital condicionadas por las vicisitudes históricas que vivió San Agustín durante su obispado en África. Pasamos a explicar que queremos decir con cada una de ellas a continuación.

En primer lugar, por lo que se desprende de muchos  textos agustinianos, parece que San Agustín  no estuvo en contra de la legitimidad de la pena de muerte cuando esta fue  ejercida por el poder público. Así al menos parecer concluirse implícitamente de un texto de  su obra de Libero Albirtio, escrita entre el 388 y el 395, donde dice que “si el homicidio es matar un hombre, puede ser cometido en cualquier caso sin pecado; por ejemplo, [cuando] el soldado mata al enemigo, el juez o su ejecutor al delicuente” (I,4 (PL XXXII, 1226)). En el pasaje claramente puede observarse que el Santo de Hipona no considera en lo absoluto un pecado el ejercicio del deber público, aunque esta conlleve arrebatar la vida a otra persona ( a diferencia de Hipólito de Roma)1. San Agustín, pues, nunca se formula en términos abstractos  u opositores a la cuestión jurídica de la pena de muerte para los criminales comunes (delincuentes que no tenían nada que ver  con asuntos de índole religiosa). Su legitimidad, como señala Emilio Silva,  si la sentencia o ejecución está de acuerdo con la ordenación jurídica del Estado, la da por supuesta y la aprueba en cuantos caso se le ofrece tratar de ello ( EMILIO SILVA, 1976,  p. 218).

En segundo lugar, muy diferente era, sin duda, la actitud del doctor de la Iglesia en cuanto a la aplicación de la pena de muerte en relación con los herejes de su tiempo. Aquí, siguiendo las pautas nuevamente de Emilio Silva, hay que distinguir un proceso  de evolución en su pensamiento en cuanto al tema. Podemos distinguir casi claramente dos etapas:  una primera marcada por la  tolerancia  y la paciencia; y una segunda,  matizada por la firmeza y la dureza precedida por un periodo de duda.

Apenas ordenado Sacerdote  en el año 391, Agustín se dio cuenta de la grave situación por la que atravesaba la Iglesia Africana, que se encontraba escindida por la herejía. El donatismo (herejía que tomaba el nombre de Donato obispo de Cartago, que afirmaba que todos los ministros sospechosos de traición a la fe durante las persecuciones del emperador romano Dioclesiano eran indignos de impartir los sacramentos) sembraba el terror entre los cristianos católicos con toda clase de estragos y tropelías.

San Agustín amante buscador de la verdad, como relata en sus Confesiones  (CON. III. c.6) y también antiguo perteneciente a la secta de los maniqueos, buscaba en un principio la conversión de los donatistas al cristianismo católico  por medio del dialogo para, como el mismo comenta, “no convertir en católicos fingidos a los que conocíamos como herejes declarados”(Carta 93, cap5. n, 17), absteniéndose de esta manera a todo tipo  de violencia o a la  pena de muerte, que las autoridades gustosamente  se hubiesen prestado  para utilizar contra los autores de los desmanes producidos contra los católicos.

Pero la benignidad con los herejes no dio los resultados esperados, antes, en cierto modo empeoró la situación, pues muchos de los herejes donatistas, envalentonados con la impunidad de sus crimines, se entregaron a mayores actos de violencia. Asi, San Agustín que se había desvelado por la conversión de los donatistas, pero que había observado también  la mala fe de aquellos y vivido sus graves actos de violencia, llegó finalmente a convencerse de la necesidad de recurrir al brazo secular para la represión de los herejes y declarar, por tanto, su cambió de opinión  ante la evidencia de los fracasados resultados que había tenido su postura anterior.

Finalmente, San Agustín aprobó y justificó las leyes y edictos imperiales de reprensión de la herejía, en varios de los cuales se incluía la pena capital, si bien hay que dejar claro que con frecuencia suplicaba que esta última no fuese aplicada, pues tratándose de herejes juzgaba que debía dárseles la oportunidad de convertirse. 

En conclusión, tenemos que señalar que quedando clara la división de los textos de San Agustín en la relación a la pena de muerte podemos decir que el Santo de Hipona nunca se opuso ante la eticidad de la pena máxima ejercida por el Estado siempre y cuando esta era aplicada por el poder público con motivos de salvaguardar el orden público y el social en el ámbito secular, siempre y cuando no haya estado motivado por la venganza. Bien diferente era, sin dudad, su actitud en relación con los herejes, que al error doctrinal sumaban algún delito. Su preocupación por su salvación y su vuelta al seno de la Iglesia provocó su constante oposición en un principio a que les fuese aplicado la pena capital, no tanto también porque no lo merecían, sino también, para mostrar la paciencia de la Iglesia. Pero los resultados negativos de esa política llevó también a su cambio de postura, aceptando finalmente la intervención del brazo duro del Estado contra los herejes, que no quitó que no siguiera interviniendo rogando por los los herejes."

1.Hipolito de Roma en un pasaje dedicado a los oficios que están permitidos o no para los catecúmenos o bautizados en su Tradicción Apostóilica dice que matar está prohibido para los mismos. (Trad. Apost., 16 (SC 11bis, 73)). 

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